La Defensa Pública pidió la absolución de V.G. en juicio oral

Defensores Públicos 03/05/2017 · 08:35

En el día de ayer, martes 2 de mayo, la Defensora Pública Adjunta de la Defensoría Regional de la 2° Circunscripción Judicial (Rosario) del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (SPPDP), Dra. Andrea Corvalán, presentó el alegato de clausura en el juicio oral y público por el que su asistido, V.G., está siendo juzgado por los delitos de robo simple, robo calificado por el uso de arma blanca y robo calificado por el uso de arma de blanca en grado de tentativa, cometidos en tres hechos distintos -dos en Villa Constitución y el restante en Arroyo Seco-. La defensora estuvo acompañada por la Asistente de Apoyo en Juicios Orales, Dra. Flavia Renzi, también perteneciente al SPPDP.

El Tribunal Pluripersonal de juicio oral, presidido por el Juez Penal del Colegio de Jueces de 1° Instancia, Dr. Gonzalo López Quintana, e integrado por las Juezas de 1° Orden, Dras. Marcela Canavesio y Delia Paleari escucharon la postura final de la defensa, por la cual pidió la absolución de su asistido, en torno al desarrollo de las sucesivas jornadas de debate que dieron su inicio el 25 de abril último.

En este sentido, el relato de la defensa giró en torno de dos cuestiones: la falta de precisión en cuanto a los testimonios de las víctimas de los hechos, y la estigmatización y prejuzgamiento sufridos por el acusado en relación a los sucesos ocurridos en Villa Constitución.


Falta de precisión y contradicción entre las víctimas del hecho


Durante los alegatos de apertura, Corvalán señaló que la investigación por los dos hechos ocurridos en Villa Constitución careció de prueba suficiente. Así, remarcó que la víctima del primero de los sucesos, ocurrido el 31 de marzo de 2015, no había podido identificar a V.G. durante el reconocimiento por fotografía en sede policial, sino que señaló a otra persona que por características físicas era distinta al acusado. Así también, ese individuo tenía tatuado una pequeña leyenda por encima del pecho izquierdo. Mientras que el asistido de Corvalán, tenía dibujado en su torso una imagen bíblica, con colores alrededor sin relleno de tinta en su interior.

En cuanto a este hecho, la representante del SPPDP expresó que la víctima referenció durante el juicio que “se había enterado por vecinos” que V.G. era el autor de los mismos. Entonces, la defensora se preguntó: “¿será acaso porque mi asistido era señalado por vecinos que hoy está siendo juzgado?”. Por ello, Corvalán dijo que “no existe posibilidad de vincular a V.G. con este hecho”.

Sobre el segundo de los hechos, ocurrido el 13 de abril de 2015 también en la localidad de Villa Constitución, la Defensa Pública se encargó de decir que el reconocimiento fotográfico realizado por la víctima arrojó iguales resultados que los efectuados por la damnificada del primero de los acontecimientos. Así, se señaló el mismo álbum, la misma foto e idéntica persona que en el suceso del 31 de marzo. Sin embargo, dicho individuo tenía características físicas distintas a las de V.G.

Además, la defensora recurrió al testimonio brindado por la víctima del hecho del 13 de abril de 2015, quien describió la situación como “violenta y amenazante”. No obstante, durante la acción de robo de un celular, esta le solicitó al supuesto asaltante que le devolviese el chip con su línea de teléfono a lo cual este accedió. Para Corvalán resultó “extraño” dicho momento y se preguntó a sí misma si existió “tal violencia”.  En tanto, la defensora recordó que V.G. declaró durante el debate que no se encontraba residiendo en Villa Constitución durante los días en que ocurrieron estos hechos ya que estaba evadido de la justicia por una causa del sistema penal residual.

En relación al tercer hecho, sucedido en la ciudad de Arroyo Seco el 27 de abril de 2015, Corvalán encontró “bastante extraño” que la víctima, quien describió la situación como de “extrema violencia”, haya decidido salir a correr al agresor dejando a sus hijos solos en la farmacia atracada. Asimismo, la defensa relató que el detalle realizado por los testigos acerca del arma blanca utilizada para perpetrar el robo fue erróneo, dado que estos manifestaron que el mismo tenía mango negro cuando en realidad el cuchillo secuestrado tenía mango de madera.

Al mismo tiempo, la Defensa Pública indicó que los testigos no declararon en el MPA durante todo el proceso sino una semana antes del juicio. Asimismo, Corvalán mencionó que las víctimas no refirieron sobre la existencia de un tatuaje visible en la mano de V.G., grabado según dichos del acusado en el año 2013.

 

Una vida marcada por la muerta de su madre y la estigmatización


Durante la primer jornada del debate oral, Corvalán le preguntó a su asistido si su madre vivía aún. La respuesta de V.G. fue negativa. Cuando su defensora le consultó el por qué de la faltante de su madre, el contestó que había sido asesinada por su padre, “El Chamaco”, cuando él tenía solo ocho meses de vida. Desde entonces, el acusado fue conocido en Villa Constitución como “El Chamaquito”. En una comunidad, dicha comparación lleva el estigma de ser “el hijo de un asesino”.

La Defensa Pública recurrió a la Psicóloga especialista en Psicología Forense, Ana Tamous, como testigo experta. A partir de dos extensas entrevista a V.G., la especialista concluyó que el acusado es una persona “introvertida” cuya vida en Villa Constitución “estuvo marcada por la estigmatización”, producto del asesinato de su madre a manos de su padre.