Cámara absuelve a joven asistido por la Defensa Pública

Defensoría Regional de la 2º Circunscripción Judicial 18/11/2017 · 10:00

La Cámara Penal de Rosario integrada por los Jueces, Dra. Gabriela Sansó y Dres. Javier Beltramone y Daniel Acosta, resolvió absolver por el beneficio de la duda a L.R. ordenando su inmediata libertad. El joven fue asistido durante todo el proceso por la Defensora Pública de Rosario, Dra. Andrea Corvalán.

En primera Instancia, el Dr. Gustavo Pérez de Urrechu condenó a L.R. a la pena de cuatro años y dos meses de prisión por encontrarlo penalmente responsable del delito de portación ilegítima de arma de fuego agravado por antecedentes, por un hecho presuntamente ocurrido durante la tarde del día 13 de marzo de 2016 en la intersección de calles O. Lagos y Biedma de la ciudad de Rosario.

El joven, asistido por la Defensa Pública, disputó el fallo condenatorio y el día 5 de octubre se desarrolló la audiencia en Cámara Penal. Allí, la defensora destacó que en el juicio se "puso en crisis" el accionar policial y criticó la resolución de baja instancia.

En este sentido, señaló que el personal policial brindó versiones distintas a las que figuraban en el acta policial. En primer término, los efectivos señalaron que habían observado a un muchacho con actitud sospechosa detrás de una palmera y que por ello fue requisado. Durante el juicio, los mismos policías indicaron que una mujer desconocida, que no declaró durante el debate ni fue identificada en el acta, les señaló que había escuchado a dos chicos decir que iban a robar una heladería determinando así la requisa. Con ello, expresó que los efectivos brindaron otra versión sobre los hechos y sobre los motivos que supuestamente los llevaron a la aprehensión de L.R. durante el debate, intentando justificar la legitimidad de la detención.

Además, Corvalán manifestó que el Juez no valoró el relato de otra testigo que dijo no ver que se secuestrara el arma, lo que también fue admitido por los policías en el juicio apartándose de los testimonios expuestos durante la investigación.

El fallo, en el que el Dr. Beltramone acoge la crítica defensiva, analiza como primer punto el valor de las declaraciones hechas durante el proceso previas al juicio. En este punto, indicó que son la "esencia" de la credibilidad y razonabilidad del sistema penal acusatorio agregando que no pueden ser trastocadas durante el debate oral. Asimismo señaló como punto de inflexión que la fuerza policial no puede ser quien "construya la realidad fáctica, y luego en consecuencia la jurídica, sobre hechos que la misma decide establecer".

Posteriormente, el Camarista también observó el comportamiento de los policías que obviaron en el acta policial a la presunta testigo NN que habría descripto la fisonomía y la vestimenta de L.R., junto a su supuesto plan criminal con fines de robo. De este modo, indicó que los dos oficiales no lograrían pasar un "test de credibilidad y por el contrario están al borde del falso testimonio agravado por ser su declaración en juicio dentro de una causa contra una persona" ya que "decidieron ellos construir otra realidad de los hechos", resultando estos "gravemente controvertibles" y "groseramente injustificables".

La Jueza de Cámara, Gabriela Sansó, también apoyó los argumentos de Beltramone manifestando que existieron indicios "que hacen dudar de la fiabilidad de los testimonios" de los dos policías. Por su lado, Acosta adhirió a la conclusión absolutoria de sus dos colegas.