Traslado de privados de libertad a Unidades Penitenciarias producto del diagnóstico, trabajo y compromiso de la Defensa Pública de la Provincia de Santa Fe

Hábeas Corpus 29/12/2016 · 09:51

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe informó en su sitio web que cerca de 300 personas privadas de su libertad en Comisarías y Subcomisarías de la ciudad de Rosario fueron trasladadas a la Unidad Penitenciaria N° 11 de la localidad de Piñero. Esta política del Poder Ejecutivo es producto del diagnóstico, trabajo y compromiso de la Defensa Pública de la Provincia de Santa Fe, quien desde el año 2014 ha interpuesto sendos recursos habeas corpus colectivo y correctivo en favor de las personas privadas de su libertad en las seccionales de Rosario, San Lorenzo y Casilda a los fines de que sea fijado judicialmente un cupo legal y constitucional en dependencias policiales para el alojamiento de internos.

Una de las principales preocupaciones del Ministerio Público de la Defensa en el inicio de sus actividades en 2014 estuvo vinculado con la inspección sobre el estado de situación de las personas privadas de su libertad en dependencias policiales. De este modo, la Defensa Pública diagnosticó la situación con un monitoreo llevado a cabo según manuales elaborados con estándares internacionales. Al mismo tiempo fijó como objetivo final la reducción de la población encarcelada en su mínima expresión y como objetivo inmediato el mejoramiento de las condiciones de detención.

Estas metas fueron diseñadas previamente a partir de un plan de acción dirigido a avanzar con pequeñas conquistas progresivas hacia los objetivos trazados sobre la base del trabajo diario y constante, los reclamos administrativos y judiciales y el diálogo con el resto de los operadores del sistema penal.

Previo a realizar una evaluación total sobre los resultados obtenidos en base a estas presentaciones, es loable enumerar las diferentes acciones llevadas adelante por la Defensa Pública a lo largo de estos casi tres años de trabajo.

En Enero de 2014, los integrantes de Defensoría Regional de la 2da. Circunscripción Judicial (Rosario) inspeccionaron y monitorearon las 50 dependencias policiales de la ciudad de Rosario. Asimismo, este trabajo fue replicado en las localidades de San Lorenzo y de Casilda. El relevamiento trajo como resultado un estado de situación gravoso en cuanto a niveles de hacinamiento inaceptables, ya que había 1379 personas alojadas en dependencias policiales, cuando por aplicación de estándares internacionales , solamente deberían admitirse 677 plazas. De todos modos, si el foco se ponía sobre Comisarías y SubComisarías pura y exclusivamente, excluyendo de dicho análisis a la ex Alcaidía de Mayores, la capacidad se encontraba quintuplicada, pues esos establecimientos albergaban 667 personas cuando solo deberían haber sido admitidas 130.

Esta situación derivó en un habeas corpus colectivo y correctivo presentado el 25 de febrero de 2014 en favor de todas las personas alojadas en dependencias policiales conjuntamente entre la Defensoría Provincial, la Defensoría Regional Rosario y los Defensores Públicos y Públicos Adjuntos de la Segunda Circunscripción Judicial. La Defensa Pública planteó que el Juez Penal interviniente en el recurso, fije un cupo constitucional para el alojamiento de personas en comisarías  a partir de un proceso de traslados consensuados con el Servicio Penitenciario.

En los días previos a la realización de la audiencia de habeas corpus respectiva, la Defensa Pública acordó la fijación de un cupo constitucional y legal para cada una de las dependencias policiales, cuya sumatoria final no permitía alojar más de 230 personas en toda la Unidad Regional II de Rosario. El mismo sería operativo a partir del 6 de agosto de 2015, según resolución judicial del día 29 de diciembre de 2014 de la Jueza Penal de 1era. Instancia, Dra. Roxana Bernardelli. Asimismo, una vez concretados los traslados correspondientes del excedente de internos, el Ministerio de Seguridad asumió por escrito el compromiso de no volver a utilizar (o demoler) como espacio de detención  ciertas dependencias policiales.

Esta resolución judicial se trató de un precedente relevante, tanto para la visualización positiva de las políticas de intervención de la Defensoría Pública en materia de derechos humanos de personas privadas de libertad, en tanto colectivo vulnerable, así como también porque no se reconocen antecedentes en que el propio Poder Ejecutivo, en el marco de una acción judicial, haya aceptado por propio motivo la fijación de un cupo de alojamiento, cristalizándose en una sentencia judicial que le imprime coercitividad. A su vez se dio un paso adelante en paliar la situación de los presos sin condena en dependencias policiales, que sin lugar a dudas, son las personas privadas de libertad en peores condiciones en el ámbito de la Circunscripción Judicial Rosario.

A inicios del mes de septiembre de 2015, el Ministerio de Seguridad efectivizó más de 300 traslados a las Unidades Penitenciarias N° 1 (Coronda), N° 3 (Rosario), N° 6 (Rosario), N° 11 (Piñero) y N° 16 (Pérez), concretando el cumplimiento fijado en la sentencia de la Dra. Bernardelli. Estos traslados fueron realizados con una metodología que permitió a la Defensoría Regional, previa consulta con los Defensores de cada detenido, evaluar casos puntuales de agravamiento de las condiciones de detención superior a otros para que el Ministerio de Seguridad los quitara del listado de personas a ser trasladadas.

El 14 de junio de este año, se desarrolló una audiencia oral y pública en los Tribunales provinciales de Rosario, donde la Defensa Pública denunció el incumplimiento por parte del Ministerio de Seguridad de la sentencia judicial dictada por la Jueza Penal de 1era. Instancia, Dra. Roxana Bernardelli el 29 de diciembre de 2014, por el estado de situación de todas las Comisarías de Rosario. A partir de allí, la Defensoría Regional de Rosario organizó un plan de visitas periódicas y sorpresivas a las dependencias policiales para monitorear el cumplimiento de la resolución judicial y controlar la cantidad de internos por Comisaría. Además, miembros del Ministerio Público de la Defensa relevaron (y actualmente lo continúan realizando) diariamente el estado de salud de las personas allí alojadas, condiciones edilicias de los establecimientos policiales, alimentación, higiene, uso de patio, visitas, trato del personal de comisaría, comunicación con sus defensores, entre otros.

Durante esa audiencia presidida por la Jueza Penal de 1era. Instancia, Dra. Mónica Lamperti  la Defensa Pública indicó que desde el 10/08/2015 al 26/05/2016 fueron realizadas 183 visitas sobre la totalidad de las dependencias policiales de la ciudad de Rosario, Pérez y Villa Gobernador Gálvez. Los resultados del control efectuado por la Defensoría Regional arrojaron que, sobre fines del mes de mayo de 2016 la cantidad de personas detenidas en las Comisarías y Subcomisarías llegaban a las cifra de 343. El número de plazas admitidas en dependencias policiales de la zona para no incurrir en niveles inaceptables de hacinamiento, fue originariamente y a la fecha de la sentencia judicial acordada en 230.

Ese número de espacio admitido en las dependencias policiales se modificó a lo largo de aquellos meses a resultas de penales que fueron reemplazados con Módulos Transitorios de Detención como así también penales que fueron inutilizados o directamente demolidos. Es por ello, que a la fecha la cantidad de espacio disponibles disminuyó a 172. La capacidad se encontraba groseramente superada y los niveles de hacinamiento eran un claro agravamiento de las condiciones de detención, aseveración que fue ratificada por los representantes del Ministerio de Seguridad y de la Unidad Regional II.

Lamperti ordenó la conformación de una mesa de diálogo entre diversos actores institucionales, entre los que se encontraba la Defensa Pública, principal peticionante, que permitiese superar la situación, por tratarse de un problema complejo que no podía ser resuelto sólo con órdenes judiciales o denuncias públicas.

El 25 de noviembre, la jueza citó a las partes a una nueva audiencia donde ordenó que los mal llamados “penales” de las viejas comisarías, quedaran definitivamente inhabilitados tras la inauguración del recientemente inaugurado Pabellón “E” de la Unidad Penitenciaria N° 11. Esto a los fines de que, para inicios de 2017, no haya más de 212 (nuevo cupo legal y constitucional) personas alojadas en las dependencias policiales y que el grueso de las mismas sean derivadas a la órbita del servicio penitenciario provincial.

Todo este raconto de sucesos finalizó con el traslado realizado por el Ministerio de Seguridad de más de casi 300 internos de las Comisarías y Subcomisarías de la ciudad de Rosario a la Unidad Penitenciaria N° 11 de la localidad de Piñero, dejando solo a 40 personas privadas de su libertad encerradas en dichas dependencias policiales.  

Como se ha visto, las condiciones de detención en dependencias policiales de la 2da. Circunscripción Judicial (Rosario) se modificó sustancialmente desde que la Defensa Pública entró en funciones en el año 2014.

Como conclusión a este tipo de acción en particular puede decirse que desde sus inicios la Defensa Pública se ha planteado sostener en el tiempo la acción colectiva judicial iniciada, denunciando permanentemente las situaciones de agravamiento de las condiciones de detención, pero siempre en el marco de una mesa institucional de diálogo que busque soluciones. El tratamiento judicial de conflictos de incidencia colectiva no puede ser el mismo que el que se arbitra cuando sólo hay en juego intereses individuales. Por ello se le solicitó a los magistrados actuantes en este recurso de habeas corpus que asuman mayores atribuciones de las habituales, impulse el método dialogal exponiendo a las partes a un debate y búsqueda de soluciones consensuadas, encare una función remedial que busque soluciones para el futuro, no para el pasado, en la que se puedan ponderar los principios y valores en disputa y finalmente, tenga en cuenta que la sentencia no es una instrucción concreta sino  arbitrar  el método que llevará al remedio a futuro y lo que el juez hace es controlar que esos mecanismos se pongan en práctica.