ADEPRA manifiesta preocupación por la conformación de jurados para concursos Defensores Públicos y envía nota al Consejo de la Magistratura

Institucional 15/11/2016 · 14:20

Ciudad Autónoma de Buenos Aries, 15 de noviembre de 2016.


Sr. Presidente

Dirección del Consejo de la Magistratura

Provincia de Santa Fe

S_______________/______________D


La Asociación Civil de Magistrados y Funcionarios del Ministerio Público de la Defensa de la República Argentina –ADePRA-, organización que nuclea a los Defensores de todo el país (federales y provinciales) y es a su vez integrante de AIDEF (ASOCIACIÓN INTERAMERICANA DE DEFENSORÍAS PÚBLICAS) y del BLOQUE DE DEFENSORES PÚBLICOS OFICIALES DEL MERCORSUR (BLODEPM) manifiesta su preocupación en orden a la conformación del Tribunal Evaluador para la próxima elección de Defensor General y Defensores Regionales, ello en virtud de que dicho Tribunal no se encuentra conformado por funcionarios de la Defensa tal cual lo preveía el anterior Decreto 346/10 y su posterior 3804/12.

Existen “razones de evidente  pertinencia” (consid. Decreto 346/10) para incluir a funcionarios de la Defensa Publica en el Tribunal que evaluará la vocación, idoneidad y compromiso con la labor, así como la competencia material de los postulantes a Defensores Públicos. Ello por cuanto la propia función de la defensa genera intereses no sólo disímiles sino, muchas veces, contrapuestos con otros roles en la función jurisdiccional o requirente.  

Un adecuado proceso de selección debe tener presente no sólo la experiencia de quienes cumplen o han cumplido la función –como lo sostenía el citado decreto- sino también las necesidades del perfil necesario para cumplir con el rol asignado por la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos. Ello obviamente no puede ser mejor evaluado sino por quienes transitan diariamente el ejercicio de la Defensa Pública y, sin duda, la conformación del Tribunal Evaluador con funcionarios de la Defensa coadyuva a una verdadera independencia funcional en la cual cada estamento participa en la elección de sus futuros operadores.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Informe sobre Independencia de las y los Operadores de Justicia, ha enfatizado que “A juicio de la Comisión un proceso adecuado de nombramiento y selección constituye un presupuesto esencial para garantizar la independencia de las y los operadores de justicia”.

Asimismo ha remarcado en cuestiones disciplinarias  -cuyos principios bien pueden aplicarse a la etapa de selección de funcionarios por cuando se trata de  la necesidad de que los defensores no sean juzgados en sus actos, aptitudes y competencias ni por jueces ni por fiscales- que  “la garantía de competencia, implica el derecho a ser juzgado por las autoridades respectivas con arreglo a procedimientos previamente establecidos, de tal manera que el Estado no cree autoridades que no apliquen normas procesales debidamente establecidas para sustituir la jurisdicción que corresponda normalmente” y, “En igual forma, la CIDH observa que en aquellos Estados donde la Defensoría depende de la Fiscalía, el control disciplinario -  léase en el caso el control de aptitud para el cargo-ejercido por el Fiscal General sobre los funcionarios de la defensoría en virtud de los intereses contrapuestos en un caso específico puede resultar problemático para el cumplimiento de la garantía de independencia, por lo que la Comisión recomienda que el control sea ejercido por una autoridad independiente o que forme parte de los funcionarios de la defensoría.”

En la firme convicción de que el Tribunal Evaluador para la elección de los funcionarios de la Defensa, debe conformarse -al menos- por un representante del Ministerio Público de la Defensa, instamos a que se revea la conformación del Tribunal Evaluador para la elección de Defensores y se incluya como representantes del Colegio de Magistrados y Funcionarios  a integrantes del Ministerio de la Defensa.

Adjunto: Nota de ADEPRA.pdf